Brindis al sol del Consejo de Europa para regular las redes sociales
El Consejo de Europa (CdE) ha sido tajante: hay plataformas digitales, usadas masivamente, que actúan amparadas en la más absoluta opacidad y sin disponer de mecanismos de rendición de cuentas. Desde su punto de vista, el negocio de estas tecnológicas se está imponiendo a los derechos de las personas usuarias, perjudicando la integridad de la información. Esto ha motivado que el Comité de Ministros del Consejo de Europa, que representa a los Gobiernos de los 46 Estados miembros, haya adoptado una nueva recomendación que prioriza los derechos humanos.
Bajo el nombre de Recomendación para los Estados miembros sobre la seguridad en línea y el empoderamiento de usuarios y creadores de contenidos, el CdE demanda “una mayor transparencia, una rendición de cuentas democrática y una mejor supervisión por parte de las autoridades públicas independientes y la sociedad civil con respecto a la forma en que las plataformas que albergan contenidos generados por los usuarios”.
Una de las partes más interesantes en este extenso documento es la que afecta directamente a lo que denomina “el empoderamiento del usuario en línea”, para cuyas garantías los Estados deben adoptar marcos legislativos que impongan normas a las plataformas. En este apartado, el CdE pone el acento en el mismo diseño de las plataformas, que han de permitir a quienes las usan poder personalizar su experiencia en línea (on-line) y, por supuesto, garantizar que las personas con discapacidad no se queden al margen estableciendo herramientas para superar las barreras de accesibilidad
Las personas usuarias han de poder elegir qué tipo de recomendaciones quieren recibir; ocultar y bloquear, tanto contenido como a otros usuarios, y aceptar o no ser etiquetado por terceros. En mayor o menor medida, este tipo de funcionalidades ya se encuentran disponibles en muchas plataformas digitales. Otras, sí parecen pura ficción, entre otras cosas porque tecnológicamente no es tan sencillo; me refiero a la ‘portabilidad’, puesto que establece que las plataformas no deben obstaculizar la capacidad de sus usuarios y creadores de contenido para trasladar sus perfiles on-line a otras plataformas complementarias o de la competencia.
Asimismo, donde se introducen novedades es la obligación de que el usuario o usuaria tenga la información necesaria para comprender en general tanto los sistemas automatizados de organización y moderación de contenidos -pudiendo impugnar determinadas decisiones-, como los de monetización. Especialmente relevante aquí es el punto que afecta a la transparencia algorítmica. En virtud de la recomendación del CdE, las plataformas deben explicar de manera clara cómo diseñan sus sistemas algorítmicos para que cualquier pueda entender qué información tiene prioridad o se relega. Se trata de una medida extraordinariamente aplaudida por las organizaciones que llevan años reclamando tales medidas, pero hay que ver cómo se aterriza. A fin de cuentas, ya existe un Centro Europeo para la Transparencia Algorítmica en el seno de la Comisión Europea y los avances en esta materia no son para tirar cohetes.
En esta misma línea, el CdE baja al detalle, incluso, de establecer el derecho a inspeccionar la procedencia de la publicidad, qué técnicas de segmentación publicitaria se han empleado, así como la identidad y el gasto destinado a cada anuncio. Al mismo tiempo, la recomendación establece que, bien de manera individual o colectivamente, sea posible denunciar incumplimientos de las políticas y normas contractuales, notificar el contenido restringido legalmente y beneficiarse de representación profesional.
Por otro lado, no puede obviarse lo desconcertante que resulta el punto en el que la recomendación aboga por que los Estados establezcan salvaguardas para garantizar que se no excluya de manera desproporcionada a los niños de los espacios on-line ni restrinjan su derecho a participar en debates sobre asuntos de interés público. Precisamente en un momento en el que la restricción del acceso a redes sociales para menores edad está más encima de la mesa y que, incluso, la Unión Europea (UE) ha presentado su aplicación móvil (app) gratuita para verificar la edad de los menores en las redes sociales, se plantea esta recomendación.
En España se prevé que la prohibición sea para menores de 16 años, en Francia y en Grecia para menores de 15 años, en Austria para menores de 14 años… ¿Cómo compaginar ese planteamiento con lo dictaminado por el CdE, contrario a negarles a los niños y niñas el derecho a la libertad de expresión e información? En su texto, el organismo europeo establece que los Estados deben exigir que las plataformas desarrollen, produzcan y actualicen periódicamente herramientas eficaces y adecuadas a la edad para mitigar los riesgos que corren los niños en el entorno digital.
Desde su óptica, estas herramientas deben desarrollarse e implementarse teniendo en cuenta la edad y madurez del menor, y priorizar el interés superior del niño sin reforzar actitudes discriminatorias ni infringir su privacidad. Suena de maravilla, pero ¿acaso buena parte de las legislaciones no planean cortar por lo sano restringiendo estos accesos? ¿Sabe la mano izquierda lo que hace la derecha?
El papel lo soporta todo, que decía aquel. Dados los avances y la desprotección que seguimos sufriendo -y que ha constatado el propio CdE-, esta nueva recomendación trae muy buena letra en su conjunto, pero lleva a pensar que componer la música, esto es, hacer que se cumplan muchas de sus medidas, es mucho más complejo.
(Artículo en Público)

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